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lunes, 20 de mayo de 2013

Comunicado de Prensa No. 325 de 2013


Las firmas de respaldo fueron entregadas el 18 de abril de 2013

La Dirección de Censo Electoral de la Registraduría informó que requiere más tiempo para revisar las firmas que solicitan la revocatoria del alcalde de Bogotá

Conozca en este video cómo se realiza el proceso de revisión de firmas.
- Para la revisión de las firmas la Registraduría cuenta con un mes a partir del momento de la presentación del memorial, el cual se puede prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el concepto 1668 de 2009 del Consejo Nacional Electoral. 
- La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral de Bogotá D.C. y realizar un análisis grafológico.
Bogotá D.C, sábado 18 de abril de 2013. Transcurrido un mes de la recepción de las firmas de respaldo a la revocatoria del alcalde de Bogotá, Gustavo Francisco Petro Urrego, la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil informó que requiere más tiempo para culminar el proceso de revisión de los apoyos.

La Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil envió ayer viernes 17 de mayo de 2013 un oficio a los Registradores Distritales  en el que señala que “debido a la cantidad de firmas aportadas se hace necesario prorrogar el término de revisión, debido a que dichos apoyos, están siendo verificados uno a uno con un proceso de auditoria posterior, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 10840 de diciembre 19 de 2012 y el protocolo diseñado por la Dirección de Censo Electoral”.

El impulsor de la revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá D.C, es el Representante a la Cámara, Miguel Gómez Martínez, quien entregó el jueves 18 de abril 131 cuadernillos, que dijo contenían cada uno 250 planillas, para un total de 32.275 folios con 641.707 firmas de apoyo.

Para la revisión de las firmas la Registraduría cuenta con un mes a partir del momento de la presentación del memorial, el cual se puede prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el concepto 1668 de 2009 del Consejo Nacional Electoral .

La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral de Bogotá D.C. y realizar un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

Así mismo, las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página web www.registraduria.gov.co. El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales apoya con su firma. Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma. La revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo.

Con fundamento en este informe, los respectivos Registradores Distritales expedirán una resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos. Contra dicha resolución proceden los recursos de reposición ante los Registradores Distritales del Estado Civil de Bogotá D.C, y el de apelación ante el Registrador Nacional del Estado Civil, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

En cuatro meses, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha recibido un total de 1.002.275 firmas de ciudadanos que apoyan mecanismos de participaciónciudadana previstos en la Ley 134 de 1994, como el Referendo, la Revocatoria de Mandato y el Cabildo Abierto.

viernes, 10 de mayo de 2013

Comunicado de Prensa No. 298 de 2013


Consulte el formulario en http://www.registraduria.gov.co/-Formularios,1955-.html

4 ciudadanos ya se han acercado a la Registraduría a solicitar el formulario para realizar su inscripción por firmas como candidatos presidenciales


- Para inscribirse como candidato presidencial el comité promotor del candidato tiene plazo hasta el 10 de diciembre para entregar a la Registraduría Nacional al menos 437.178 firmas válidas.
logo-elecciones-2014Bogotá D.C, jueves 9 de mayo de 2013. Ya son 4 los ciudadanos que se han acercado a la Registraduría Nacional del Estado Civil para solicitar el formulario para la recolección de las firmas de apoyo para inscribirse como candidatos a la Presidencia de la República de Colombia.

De acuerdo con la Ley 996 de 2005, para inscribir candidatos a la Presidencia los grupos significativos de ciudadanos deben reunir un número de firmas válidas equivalentes al 3% del número total de los votos válidos depositados por los ciudadanos en la anterior elección presidencial, que fueron 14.572.593. Esto quiere decir que para candidatos a la Presidencia se deben reunir 437.178 firmas válidas.

Los grupos significativos de ciudadanos pueden presentar las firmas de apoyo para las candidaturas a la presidencia, hasta el martes 10 de diciembre de 2013.

Hasta el momento los ciudadanos que han solicitado el formulario para la recolección de las firmas de apoyo para su candidatura a la Presidencia:

- John Jaime Beltrán Guañarita, solicitó el formulario el martes 21 de agosto de 2012, por el Movimiento Social Presente Colombia Empresa de Todos.

- Mauricio Alirio Velazquez, solicitó el formulario el martes 26 de marzo del 2013, por el Movimiento Tu Eres Colombia.

- Néstor Gustavo Pérez Roca, solicitó el formulario el jueves 2 de mayo de 2013, por el Partido Político Social Demócrata, Isoc.

- David Corredor Cuéllar, solicitó el formulario el lunes 6 de mayo de 2013, por el Movimiento Social Bolivariano BSB Colombia.

En la Ley 130 de 1994, se establecen dos modalidades de inscripción de candidatos, la primera es con el aval de un partido o movimiento político con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral y la segunda por medio de grupos significativos de ciudadanos.

Los candidatos que se quieran inscribir por medio de grupos significativos de ciudadanos pueden aspirar a la Presidencia cumpliendo una serie de requisitos que estipula la Ley. Las candidaturas suscritas mediante firmas presentadas por un grupo significativo de ciudadanos deben ser inscritas por un comité conformado por tres personas, luego de la entrada en vigencia de la Ley 1475 de 2011 o Reforma Política.

De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, “Los candidatos de los grupos significativos de ciudadanos serán inscritos por un comité integrado por tres (3) ciudadanos, el cual deberá registrarse ante la correspondiente autoridad electoral cuando menos un (1) mes antes de la fecha de cierre de la respectiva inscripción y, en todo caso, antes del inicio de la recolección de firmas de apoyo a la candidatura”.

El grupo significativo de ciudadanos debe solicitar a la Registraduría Nacional el formulario de recolección de firmas para inscribir a su candidato presidencial, diligenciar los datos de los integrantes del comité, así como el nombre del comité y el nombre del candidato a quienes los ciudadanos a través de su firma van a apoyar en la elección.

El formulario para registrar el comité es el mismo que se utiliza para la recolección de apoyos, para la inscripción de la candidatura.

Para descargar el formulario de recolección de firmas para la inscripción de candidatos a la Presidencia de la República ingrese a:

http://www.registraduria.gov.co/Formulario-para-recoleccion-de,8696.html

Plazo para la inscripción de candidatos 

De acuerdo con el calendario electoral elaborado por la Registraduría Nacional para esta elección, el 25 de noviembre de 2013,vence el plazo para que el Presidente o Vicepresidente, declare públicamente y por escrito a la Registraduría Nacional del Estado Civil, su interés de presentarse como candidato

El martes 10 de diciembre de 2013, vence el plazo para la presentación de las firmas por los movimientos sociales o grupos significativo de ciudadanos.

Así mismo, el 14 de enero de 2014 vence el plazo para que la Registraduría Nacional del Estado civil certifique el número de firmas para la inscripción de los candidatos por movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos.

Para el caso de los candidatos que se inscriban avalados por partidos y movimiento político con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral, del 25 de enero y hasta el 7 de marzo de 2014, podrán inscribir su candidatura y el 14 de marzo de 2013 vence el plazo para la modificación de los candidatos inscritos.
El 16 de marzo de 2014, se publicarán las listas de los candidatos que quedaron inscritos para la elección de Presidente que se llevará a cabo el 25 de mayo de 2014, último domingo del mes de mayo.