lunes, 20 de mayo de 2013

Comunicado de Prensa No. 325 de 2013


Las firmas de respaldo fueron entregadas el 18 de abril de 2013

La Dirección de Censo Electoral de la Registraduría informó que requiere más tiempo para revisar las firmas que solicitan la revocatoria del alcalde de Bogotá

Conozca en este video cómo se realiza el proceso de revisión de firmas.
- Para la revisión de las firmas la Registraduría cuenta con un mes a partir del momento de la presentación del memorial, el cual se puede prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el concepto 1668 de 2009 del Consejo Nacional Electoral. 
- La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral de Bogotá D.C. y realizar un análisis grafológico.
Bogotá D.C, sábado 18 de abril de 2013. Transcurrido un mes de la recepción de las firmas de respaldo a la revocatoria del alcalde de Bogotá, Gustavo Francisco Petro Urregola Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil informó que requiere más tiempo para culminar el proceso de revisión de los apoyos.

La Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil envió ayer viernes 17 de mayo de 2013 un oficio a los Registradores Distritales  en el que señala que “debido a la cantidad de firmas aportadas se hace necesario prorrogar el término de revisión, debido a que dichos apoyos, están siendo verificados uno a uno con un proceso de auditoria posterior, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 10840 de diciembre 19 de 2012 y el protocolo diseñado por la Dirección de Censo Electoral”.

El impulsor de la revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá D.C, es el Representante a la Cámara, Miguel Gómez Martínez, quien entregó el jueves 18 de abril 131 cuadernillos, que dijo contenían cada uno 250 planillas, para un total de 32.275 folios con 641.707 firmas de apoyo.

Para la revisión de las firmas la Registraduría cuenta con un mes a partir del momento de la presentación del memorial, el cual se puede prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el concepto 1668 de 2009 del Consejo Nacional Electoral .

La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral de Bogotá D.C. y realizar un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

Así mismo, las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandatoel cual se encuentra disponible en la página web www.registraduria.gov.co. El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales apoya con su firma. Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma. La revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo.

Con fundamento en este informe, los respectivos Registradores Distritales expedirán una resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos. Contra dicha resolución proceden los recursos de reposición ante los Registradores Distritales del Estado Civil de Bogotá D.C, y el de apelación ante el Registrador Nacional del Estado Civil, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

En cuatro meses, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha recibido un total de 1.002.275 firmas de ciudadanos que apoyan mecanismos de participaciónciudadana previstos en la Ley 134 de 1994, como el Referendo, la Revocatoria de Mandato y el Cabildo Abierto.

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