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lunes, 15 de julio de 2013

Comunicado de Prensa No. 422 de 2013

Registraduría certifica que las firmas válidas para la solicitud de revocatoria del alcalde de Usiacurí superan el número exigido para convocar a las urnas

De las 907 firmas de apoyo radicadas 661 resultaron válidas y las 246 restantes fueron anuladas. Se requerían un total de 561 firmas válidas.

- Como resultado de la revisión de firmas se pudo establecer que de los 907 apoyos presentados por los ciudadanos que impulsan esta iniciativa, 661 resultaron válidos.

- Surtido el término de los recursos de ley, si la resolución queda en firme, el Registrador Municipal de Usiacurí, procederá en un plazo máximo de dos meses a convocar a las urnas a los habitantes de este municipio.
Barranquilla, Atlántico, martes 25 de junio de 2013. La iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico William Pastor Bresneider Alvear, del Partido Liberal Colombiano, radicada el pasado 24 de mayo, superó el mínimo de firmas requerido para convocar a las urnas, luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional.

Con ésta ya son ocho las revocatorias que en 2013 superan la etapa de revisión de firmas, para ser convocadas a urnas, luego de que las iniciativas de revocatoria de mandato de los alcaldes de Angostura, Antioquia; Achí, Bolívar; Ponedera, Atlántico; Florencia, Caquetá; San Marcos, Sucre; Santiago, Putumayo y Bogotá, Cundinamarca; cumplieran con este requisito.

Como resultado de la revisión de firmas se pudo establecer que de los 907 apoyos presentados por los promotores, 661 resultaron válidos. Para que la revocatoria prosperara se requerían 561 firmas válidas, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por el actual alcalde, quien ganó con 1.403 votos en las pasadas elecciones de 2011.

Los 246 apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes, por pérdida o suspensión de derechos políticos, o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.


Revisión de firmas
Revocatoria de mandato de alcalde de Usiacurí
Registros Recibidos
907
Registros Válidos
661
Registros inválidos
246
Registro duplicados
14
Folio propuesta diferente
0
Folio fotocopia
0
Encabezado incompleto
0
Fecha no corresponde
20
Renglón fotocopia
0
Datos incompletos
39
Dato ilegible
1
Nombre no corresponde
36
No está en censo Usiacurí
20
No está en censo Nacional
1
No está en el Archivo Nacional de Identificación ANI
14
Registros uniprocedentes (planas)
101

En consecuencia el Registrador de Usiacurí, Atlántico, mediante Resolución No 003 el 25 de junio de 2013, aprobó la solicitud de convocatoria a elección de revocatoria del alcalde William Pastor Bresneider Alvear, quien llegó a la alcaldía avalado por el Partido Liberal Colombiano.

Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante el Registrador de Usiacurí y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil en Atlántico según los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Surtido el término de los recursos de ley, si la resolución queda en firme, el Registrador de Usiacurí, procederá en un plazo máximo de dos meses a convocar a las urnas a los habitantes de este municipio.

Para que el mandato del alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática que se convoque se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección del alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.

En la última elección de alcalde de Usiacurí, los votos válidos ascendieron a 5.184, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 2.303 sufragantes.

La solicitud de revocatoria de mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico fue radicada el pasado 24 de mayo en la Registraduría por el ciudadano José Antonio Jiménez Jiménez.

El pasado 29 de abril la Registraduría había negado una primera solicitud de revocatoria del mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico, ya que de las 757 firmas de apoyo radicadas 426 resultaron válidas y las 331 restantes fueron anuladas por pertenecer al censo de otro municipio, por no aparecer en el Archivo Nacional de Identificación ANI, por uniprocedencia grafológica y porque el número de cédula no corresponde al de los nombres y apellidos.

 
Revocatorias de mandato radicas en 2013
Lugar
Fecha de radicación
Nombre del Mandatario (a)
Partido o Movimiento Político que lo avala
Firmas presentadas
Mínimo de firmas requeridas
Firmas válidas
Firmas rechazadas
Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%)
Resultado
1. 
14 de enero
Rubén Acuña Galeano
Partido Social de Unidad Nacional
232
214
114
118
970
No Certificada
Santander, Contratación
2. 
28 de enero
Rubén Acuña Galeano
Partido Social de Unidad Nacional
287
214
207
237
970
No Certificada
Santander, Contratación
3. 
18 de febrero
José Miguel Vásquez Arango
Partido Verde
1.541
1.011
1.304
237
2.452
Certificada – En recurso de reposición y apelación
Antioquia, Angostura
4. 
4 de marzo
Walter Salvador Villacob Hernández
Partido Social de Unidad Nacional
1.995
1.552
1.634
361
5.344
Certificada – En notificación y recursos
Bolívar, Achí
5. 
7 de marzo
Neyla Triviño Rojas
Coalición ASI- Verde
4.513
2.146
3.357
1.138
7.558
No certificada. -En notificación y recursos
Huila, Campoalegre
6. 
8 de marzo
Miryam del Carmen Serna Martínez
Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia
503
440
417
86
1.631
No certificada – En notificación y recursos
Antioquia, Vigía del Fuerte
7. 
20 de marzo
María Susana Pórtela Lozada
Partido Social de Unidad Nacional
15.736
8.421
11.349
4.387
30.756
Certificada – En notificación y recursos
Caquetá, Florencia
8. 
22 de marzo
Hernando Julio Manotas Manotas
Partido Cambio Radical
1.518
1.193
1.236
282
5.670
Certificada – En notificación y recursos
Ponedera, Atlántico
9. 
3 de abril
Arnulfo Miguel Ortega López
Partido Cambio Radical
5.005
2.630
2.773
2.232
13.157
Certificada – En notificación y recursos
San Marcos, Sucre
10. 
3 de abril
William Pastor Bresneider Alvear
Partido Liberal Colombiano
757
561
426
331
2.303
No certificada – En notificación y recursos
Usiacurí, Atlántico
11. 
4 de abril
Mario de Jesús Restrepo Pérez
Partido Cambio Radical
612
508
467
145
2.851
No certificada – En notificación y recursos
Gómez Plata, Antioquia
12. 
16 de abril
Tito Iván Barrera Ortega
Partido Conservador Colombiano
670
386
574
96
1.762
Certificada – En notificación y recursos
Santiago, Putumayo
13. 
18 de abril
Gustavo Francisco Petro Urrego
Progresistas
641.707
289.263
357.250 
273.373
1.234.214
Certificada – En notificación y recursos
Bogotá D.C.
14. 
10 de mayo
Huver Ramos Estupiñán
Partido de Unidad Nacional
1.101
 877
698 
400
3.078
No certificada – En notificación y recursos
La Sierra, Cauca
15. 
21 de mayo
Carlos Eduardo Caicedo Omar
Partido Liberal Colombiano
29.821
29.821
22.187 
 19.362
80.055
No certificada – En notificación y recursos
Santa Marta, Magdalena
16. 
24 de mayo
William Pastor Bresneider Alvear
Partido Liberal Colombiano
894
561
661
 246
2.303
Certificada – En notificación y recursos
Usiacurí, Atlántico
17. 
11 de junio
Yamid Sterling Sánchez
Movimiento de Inclusión y Oportunidades
1.153
832


2.951
En revisión
Oporapa, Huila
Totales



708.045
339.753
24.519
283.423
1.398.025

jueves, 18 de abril de 2013

Comunicado de Prensa No. 237 de 2013


Consulte el formulario en http://www.registraduria.gov.co/-Formularios,556-.html

La Registraduría ya está revisando las firmas de respaldo a la solicitud de revocatoria del mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico

La Registraduría ya está revisando las firmas de respaldo a la solicitud de revocatoria del mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico
Quienes desean promover la iniciativa de revocatoria de mandato deben diligenciar el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato

- El mandatario William Pastor Bresneider Alvear ganó las elecciones de 2011 avalado por el del Partido Liberal Colombiano. En dichos comicios obtuvo un total de 1.403 votos válidos. 
- El promotor de la revocatoria de mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico, esJosé Antonio Jiménez Jiménez, quien afirmó haber entregado 41 folios con 757 firmas.
Barranquilla, Atlántico, miércoles 17 de abril de 2013. La Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil comenzó la revisión de las firmas de respaldo para la revocatoria de mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico, las cuales fueron radicadas el pasado miércoles 3 de abril en la Registraduría Municipal de Usiacurí; Atlántico y allegadas a la Registraduría Nacional del Estado Civil, en sus Oficinas Centrales, el 5 de abril.

El mandatario, William Pastor Bresneider Alvear, ganó las elecciones del 30 de octubre de 2011 avalado por el del Partido Liberal Colombiano. En esa jornada democrática el mandatario obtuvo un total de 1.403 votos válidos, razón por la cual se requiere que las firmas válidas entregadas sean al menos 561, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por el alcalde.

Esta es la décimo primera solicitud de revocatoria de mandato de un alcalde municipal que recibe la Registraduría en lo corrido del año 2013.
La Registraduría Nacional, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la Resolución 10840 del 19 de diciembre de 2012 y la Circular 174 del 19 de diciembre de 2012, expedidas por la Entidad, ya está revisando las firmas radicadas en el municipio de Usiacurí.
El promotor de la revocatoria de mandato del alcalde de Usiacurí, Atlántico, es José Antonio Jiménez Jiménez, quien afirmó haber entregado 41 folios con 757 firmas. La Registraduría Municipal de Usiacurí, remitió el jueves 4 de abril a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, los apoyos radicados para proceder a la revisión de las firmas.

La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que todos los apoyos correspondan al censo electoral del municipio y realizar un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de 30 días contados a partir de la entrega de la documentación para entregar la correspondiente certificación. Este término se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del lugar.

Las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página web www.registraduria.gov.co. El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales firma como apoyo. Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma. La revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo.

Con fundamento en este informe, el respectivo registrador expedirá una Resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos. Si la cantidad de firmas válidas supera el 40% de los votos obtenidos por el mandatario, la Registraduría de Usiacurí, convocará a los ciudadanos para la votación de la revocatoria en dicho municipio, la cual debe efectuarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir de la certificación expedida por la Entidad.

Contra esta resolución proceden los recursos de Reposición ante el Registrador Municipal del Estado Civil de Usiacurí, Atlántico y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil en Atlántico, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002 que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

Revocatorias de mandato radicadas en 2013
Lugar
Fecha de radicación
Nombre del Mandatario (a)
Partido o Movimiento Político que lo avala
Mínimo de firmas requeridas
Firmas válidas
Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%)
Resultado
1. Santander, Contratación14 de eneroRubén Acuña GaleanoPartido Social de Unidad Nacional
214
114
970
No Certificada
2. Santander, Contratación28 de eneroRubén Acuña GaleanoPartido Social de Unidad Nacional
214
207
970
No Certificada
3. Antioquia, Angostura18 de febreroJosé Miguel Vásquez ArangoPartido Verde
1.011
1.304
2.452
Certificada – En recurso de apelación
4. Bolívar, Achí4 de marzoWalter Salvador Villacob HernandezPartido Social de Unidad Nacional
1.552
1.634
5.344
Certificada – En notificación y recursos
5. Huila, Campoalegre7 de marzoNeyla Triviño RojasCoalición ASI- Verde
2.146
3.357
7.558
Certificada – En notificación y recursos
6. Antioquia, Vigía del Fuerte8 de marzoMiryam del Carmen Serna MartínezMovimiento Autoridades Indígenas de Colombia
440
417
1.631
No certificada – En notificación y recursos
7. Caquetá, Florencia20 de marzoMaría Susana Portela LozadaPartido Social de Unidad Nacional
8.421

30.756
En revisión
8. Ponedera, Atlántico22 de marzoHernando Julio Manotas ManotasPartido Cambio Radical
1.193

5.670
En revisión
9. San Marcos, Sucre3 de abrilArnulfo Miguel Ortega LópezPartido Cambio Radical
2.630

13.157
En revisión
10. Santiago, Putumayo16 de abrilTito Iván Barrera OrtegaPartido Conservador Colombiano
386

1.762
En revisión
11. Usiacurí, Atlántico3 de abrilWilliam Pastor Bresneider AlvearPartido Liberal Colombiano
561

2.303
En revisión
12. Gómez Plata, Antioquia4 de abrilMario de Jesús Restrepo PérezPartido Cambio Radical
508

2.851
En revisión