miércoles, 30 de mayo de 2012

232 ley antitrámites


La Ley Antitrámites exige mantener las bases de datos actualizadas

En desarrollo de la Ley Antitrámites, en 2012 ya son más de 100.000 los registros civiles actualizados en las bases de datos de la Registraduría Nacional

Ø  Del 1 de enero al 24 de mayo de 2012 se han incorporado 113.519 trámites de registros civiles a las bases de datos de la Registraduría Nacional. 29.930 corresponden a registros civiles de nacimiento y 13.001 de registros civiles de matrimonio y 70.588 a registros civiles de defunción.

Ø  La Ley Antitrámites prevé que las autoridades públicas competentes, los hospitales, las funerarias y los parques cementerios están obligados a reportar a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los cinco primeros días de cada mes.

Hasta la fecha se han suscrito 18 convenios interinstitucionales para permitir la consulta de las bases de datos de la Registraduría Nacional

Bogotá D.C, 30 de mayo de 2012. Un total de 113.519 trámites de registro civil de nacimiento, matrimonio y defunción de hechos registrados en este año y en años anteriores actualizó la Registraduría Nacional del Estado Civil en las bases de datos del Servicio Nacional de Inscripción, SNI, desde el 1 de enero hasta el 24 de mayo de 2012.

De las 113.519 actualizaciones de registro civil en las bases de datos del Servicio Nacional de Inscripción realizadas este año, 29.930 corresponden a registros de nacimiento, 13.001 de registros civiles de matrimonio y 70.588 de defunción.

La Registraduría adelanta un esfuerzo por actualizar sus bases de datos con el fin de que al 1 de julio no haya registros pendientes de actualización y se pueda reportar la información relativa a defunción, para dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto 019 de 2012 o Ley Antitrámites. Por este motivo las notarías, consulados, hospitales y demás autoridades encargadas de expedir el registro civil están enviando a la Registraduría Nacional la información de los registros de nacimiento, matrimonio y de defunción que en algún momento realizaron y que no fueron remitidos oportunamente a la Registraduría Nacional.

El Artículo 21 del Decreto 0019 de enero de 2012 o Ley Antitrámites prevé que: “a partir del 1 de Julio del 2012, la verificación de la supervivencia de una persona se hará consultando únicamente las bases de datos del registro civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Este servicio es gratuito para la autoridad pública o el particular en ejercicio de funciones administrativas. En consecuencia, a partir de esa fecha no se podrán exigir certificados de fe de vida (supervivencia)”.

Durante los meses de abril y mayo se ha presentado un notorio incremento en las actualizaciones de las bases de datos sobre registro civil de defunción.  De las 70.588 actualizaciones de registro civil que se han realizado en 2012, un total de 9.911 corresponden al mes de enero, 5.417 en febrero, 4.165 en marzo, 24.453 en abril y 26.642 correspondientes a los 24 días de mayo.

Con respecto al registro civil de nacimiento, de las 29.930 actualizaciones, en el mes de enero se actualizaron 2.082 trámites, en febrero 1.309, en marzo 10.209, en abril 12.376 y en lo corrido de mayo 3.954.

De otro lado, de las 13.001 actualizaciones de registro civil de matrimonio, en enero se incluyeron 9.809, en febrero 3.086, en marzo 42, en abril 16 y en los 24 días del mes de mayo 48.

El Artículo 23 de Ley Antitrámites ordena que “las autoridades públicas competentes, los hospitales, las funerarias y los parques cementerios están obligados a reportar a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los cinco primeros días de cada mes, la información de los fallecimientos respecto de los cuales tengan noticia por el ejercicio de sus funciones o con motivo de la prestación de los servicios funerarios. La información debe incluir, como mínimo y cuando ello sea posible, la identidad de la persona fallecida –con nombres y apellidos- y el tipo de documento de identidad”.

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