La Ley
Antitrámites exige mantener las bases de datos actualizadas
En desarrollo de la
Ley Antitrámites, en 2012 ya son más de 100.000 los registros civiles
actualizados en las bases de datos de la Registraduría Nacional
Ø
Del 1 de enero al 24 de mayo de 2012
se han incorporado 113.519 trámites de registros civiles a las bases de datos de
la Registraduría Nacional. 29.930 corresponden a registros civiles de nacimiento
y 13.001 de registros civiles de matrimonio y 70.588 a registros civiles de
defunción.
Ø
La Ley Antitrámites prevé que las
autoridades públicas competentes, los hospitales, las funerarias y los parques
cementerios están obligados a reportar a la Registraduría Nacional del Estado
Civil, dentro de los cinco primeros días de cada mes.
Hasta la fecha se han
suscrito 18 convenios interinstitucionales para permitir la consulta de las
bases de datos de la Registraduría Nacional
Bogotá D.C, 30 de mayo de 2012.
Un total de
113.519 trámites de registro civil de nacimiento, matrimonio y defunción de
hechos registrados en este año y en años anteriores actualizó la Registraduría
Nacional del Estado Civil en las bases de datos del Servicio Nacional de
Inscripción, SNI, desde el 1 de enero hasta el 24 de mayo de 2012.
De las 113.519
actualizaciones de registro civil en las bases de datos del Servicio Nacional de
Inscripción realizadas este año, 29.930 corresponden a registros de nacimiento,
13.001 de registros civiles de matrimonio y 70.588 de
defunción.
La Registraduría
adelanta un esfuerzo por actualizar sus bases de datos con el fin de que al 1 de
julio no haya registros pendientes de actualización y se pueda reportar la
información relativa a defunción, para dar cumplimiento a lo previsto en el
Decreto 019 de 2012 o Ley Antitrámites. Por este motivo las notarías,
consulados, hospitales y demás autoridades encargadas de expedir el registro
civil están enviando a la Registraduría Nacional la información de los registros
de nacimiento, matrimonio y de defunción que en algún momento realizaron y que
no fueron remitidos oportunamente a la Registraduría Nacional.
El Artículo 21
del Decreto 0019 de enero de 2012 o Ley Antitrámites prevé que: “a partir del
1 de Julio del 2012, la verificación de la supervivencia de una persona se hará
consultando únicamente las bases de datos del registro civil de la Registraduría
Nacional del Estado Civil. Este servicio es gratuito para la autoridad pública o
el particular en ejercicio de funciones administrativas. En consecuencia, a
partir de esa fecha no se podrán exigir certificados de fe de vida
(supervivencia)”.
Durante los meses
de abril y mayo se ha presentado un notorio incremento en las actualizaciones de
las bases de datos sobre registro civil de defunción. De las 70.588
actualizaciones de registro civil que se han realizado en 2012, un total de
9.911 corresponden al mes de enero, 5.417 en febrero, 4.165 en marzo, 24.453 en
abril y 26.642 correspondientes a los 24 días de mayo.
Con respecto al
registro civil
de nacimiento, de las 29.930 actualizaciones, en el mes de enero se
actualizaron 2.082 trámites, en febrero 1.309, en marzo 10.209, en abril 12.376
y en lo corrido de mayo 3.954.
De otro lado, de
las 13.001 actualizaciones de registro civil
de matrimonio, en enero se incluyeron 9.809, en febrero 3.086, en marzo 42,
en abril 16 y en los 24 días del mes de mayo 48.
El Artículo 23 de
Ley Antitrámites ordena que “las autoridades públicas competentes, los
hospitales, las funerarias y los parques cementerios están obligados a reportar
a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los cinco primeros días
de cada mes, la información de los fallecimientos respecto de los cuales tengan
noticia por el ejercicio de sus funciones o con motivo de la prestación de los
servicios funerarios. La información debe incluir, como mínimo y cuando ello sea
posible, la identidad de la persona fallecida –con nombres y apellidos- y el
tipo de documento de identidad”.
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