miércoles, 13 de noviembre de 2013

Comunicado de Prensa No. 902 de 2013

La Registraduría remitió a la Procuraduría la lista de candidatos inscritos para la elección de alcalde de Moñitos, para verificar posibles inhabilidades

Luego de las elecciones de autoridades locales del 30 de octubre de 2011, ya son 26 las elecciones atípicas que han sido celebradas.

- El Consejo Nacional Electoral es el encargado de “decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad”.

- De acuerdo con el Decreto 1250 del 18 de octubre de 2013, la elección de alcalde de Moñitos, Córdoba, obedece a: “Que contra el señor José Félix Martínez Bravo se dictó por parte de la Fiscalía General de la Nación, medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin beneficio de excarcelación”.

Montería, Córdoba, martes 12 de noviembre de 2013. Finalizado hoy martes 12 de noviembre el periodo de modificaciones, un total de cinco candidatos se inscribieron para la elección atípica de alcalde de Moñitos, que se celebrará el domingo 15 de diciembre de 2013.

El periodo de modificaciones culminó hoy martes 12 de noviembre a las 6:00 pm, sin ninguna novedad. Los aspirantes inscritos son:
  • Waymar Enrique Petro Espitia, se inscribió por el Partido Liberal Colombiano.
  • Remberto Burgos Barrios, se inscribió por el Partido Cambio Radical.
  • Eladio Miguel Ballesta Cabarcas, se inscribió por el Partido Opción Ciudadana.
  • César Manuel Narváez Sigaldo, se inscribió por el Movimiento de Inclusión y Oportunidades, MIO.
  • José Vicente Benítez Ortiz, se inscribió por el Partido de Unidad Nacional.
Como lo dispone el artículo 33 de la Ley 1475 de 2011, dentro de los dos días calendario siguientes al vencimiento del término para la modificación de inscripción de candidaturas, la Registraduría Nacional del Estado Civil debe “remitir la relación de candidatos a cargos y corporaciones públicas de elección popular cuyas inscripciones fueron aceptadas a los organismos competentes para certificar sobre las causales de inhabilidad a fin de que informen al Consejo Nacional Electoral”.

Durante cada elección atípica y ordinaria, la Registraduría Nacional envía el listado de candidatos inscritos a la Procuraduría para que este organismo verifique si alguno de ellos eventualmente, se encuentra incurso en una inhabilidad. Si lo está, será el Consejo Nacional Electoral el encargado de “decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad”, toda vez que la Registraduría no puede rechazar la inscripción de ningún candidato por inhabilidad.

De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 1475 de 2011, la Registraduría “verificará el cumplimiento de los requisitos formales exigidos para la misma y, en caso de encontrar que los reúnen, aceptarán la solicitud”.

De acuerdo con el calendario electoral, el viernes 29 de noviembre, se realizará el sorteo para escoger los ciudadanos que prestarán su servicio como jurados de votación durante los comicios y el miércoles 4 de diciembre se publicarán las listas de los ciudadanos designados.

El miércoles 4 de diciembre es la fecha establecida en el calendario electoral, para la postulación de los testigos electorales y su acreditación será el sábado 7 de diciembre, al día siguiente, es decir el domingo 8 de diciembre, deberá enviarse a la Dirección de Gestión Electoral, la resolución de testigos electorales.



La elección atípica de alcalde de Moñitos, Córdoba, se celebrará el domingo 15 de diciembre de 8:00 am a 4:00 pm. Los escrutinios municipales iniciarán el mismo domingo 15 de diciembre. Los escrutinios departamentales, en caso de apelación, comenzarán el martes 17 de diciembre.

De acuerdo con el Decreto 1250 del 18 de octubre de 2013, el Gobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus, la elección de alcalde de Moñitos, Córdoba, obedece a: “Que contra el señor José Félix Martínez Bravo se dictó por parte de la Fiscalía General de la Nación, medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin beneficio de excarcelación”.



Que el artículo 116 de la Ley 136 de 1994, establece que “la no posesión dentro del término legal sin justa causa, según calificación de la Procuraduría General de la Nación, da lugar a la vacancia y se proveerá el empleo en los términos de esta ley”. 

“Que ante la calificación efectuada por la Procuraduría General de la Nación a través de la Resolución No 003 de 31 de julio de 2013, y en atención a lo establecido en el artículo 305 de la Ley 4ª de 1913, el cual dispone que: “Son faltas absolutas las que provienen de la renuncia admitida, excusa definitiva aceptada, muerte, destitución y declaración de vacancia” (Negritas subrayadas y fuera del texto original), la Gobernación de Córdoba procedió a expedir el Decreto No 1162 de 10 de septiembre de 2013, por medio del cual se declaró vacante el cargo de Alcalde Municipal en Moñitos – Córdoba”. 



Luego de las elecciones de autoridades locales desarrolladas en octubre de 2011, ya son 26 las elecciones atípicas que han sido celebradas. Otras cinco ya están programadas: la de las JAL de Yopal, Casanare; la de alcalde de Floridablanca, Santander; la de alcalde de Los Córdobas, Córdoba; la de Gobernador de Chocó y la de Moñitos, Córdoba.

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