martes, 11 de octubre de 2011

Consulte en www.registraduria.gov.co o en la línea 113 en qué puesto de votación le corresponde sufragar y si usted fue elegido jurado de votación

- Digitando el número de la cédula de ciudadanía, en el banner ¿cuál es mi puesto de votación?, el ciudadano conocerá el puesto y la mesa de votación en donde está inscrito su documento de identidad.
- No cumplir con la función de jurado de votación puede ser sancionada con multas de hasta $5.356.000.
Bogotá D.C., martes 11 de octubre de 2011. La Registraduría Nacional del Estado Civil recomienda a todos los colombianos que verifiquen cuanto antes si fueron designados como jurados y el puesto de votación en el cual están habilitados para sufragar, consultando en la línea 113 o en la página Web de la Entidad www.registraduria.gov.co
Algunos puestos de votación han sido reubicados por la Ley 1227 de 2008, conocida como Ley de Voto Bajo Techo, que exige que todos los puestos de votación del país que antes funcionaban en calles o parques, entre otros, ahora se instalen en lugares cubiertos, como instituciones educativas públicas y privadas, para garantizar la comodidad y seguridad de los sufragantes y evitar que la lluvia disuada a los sufragantes de acudir a las urnas, perjudique a los jurados y moje el material electoral.
Por lo tanto es posible que el puesto habitual de votación se ubique este 30 de octubre en un sitio distinto al que el ciudadano normalmente ha frecuentado para votar, así no haya inscrito su cédula en un lugar distinto, y por ello se recomienda verificar desde ya la dirección exacta del puesto de votación.
Así mismo, se solicita a todos los ciudadanos que verifiquen si fueron designados como jurados de votación ya que las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes, que ascienden hasta $5.356.000.
Se entiende que los jurados fueron notificados de su designación con la publicación de los listados en lugares públicos como alcaldías o sedes de la Registraduría.
Los ciudadanos pueden comunicarse con la línea 113 y solicitarle a un agente de servicio la ubicación del puesto de votación donde están habilitados para ejercer su derecho al sufragio y también si fueron o no elegidos como jurados de votación, y si lo son, en que ciudad, zona y puesto se les asignó para prestar este servicio durante la jornada electoral.
Esta línea de atención le brinda información a la ciudadanía en los 32 departamentos del país y estará habilitada hasta el 30 de octubre, día en que se desarrollarán las elecciones de autoridades locales.
El costo de la llamada está a cargo del ciudadano y su valor depende de la zona del país y del operador de telefonía que se utiliza para realizarla.
Así mismo, en www.registraduria.gov.co los colombianos podrán establecer antes del día de las elecciones su puesto de votación. Digitando el número de la cédula de ciudadanía, en el banner ¿cuál es mi puesto de votación?, el ciudadano conocerá el puesto y la mesa de votación en donde está inscrito su documento de identidad.

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