miércoles, 19 de enero de 2011

El domingo 23 de enero se realizará una consulta popular para definir la creación del municipio Brazuelo de Papayal, en Bolívar

os habitantes de 5 corregimientos de los municipios San Martín de Loba, El Peñón y Regidor, deberán responder con sí o no la pregunta ¿Desea usted que se cree el municipio de Brazuelo de Papayal? 
 
Ø  Para que la consulta popular prospere, se necesita que al menos voten 796 ciudadanos y que la opción del “sí” obtenga el 50% más uno de los votos depositados. 

Ø  En próximos días la Gobernación del departamento de Bolívar fijará la fecha para el desarrollo de otra consulta popular, para definir la creación del municipio San Pablo Norte, la cual estaba programada inicialmente para el pasado 25 de julio de 2010 y fue aplazada.
 
Bogotá D.C., jueves 9 de diciembre de 2010. Los habitantes de 5 corregimientos de los municipios de San Martín de Loba, El Peñón y Regidor, en el departamento de Bolívar, irán a las urnas el domingo 23 de enero de 2011 para decidir si se crea o no el nuevo municipio de Brazuelo de Papayal. 
Mediante el Decreto 1054 de 2010, el Gobernador de Bolívar, convoca a los ciudadanos de los siguientes corregimientos y veredas a esta consulta popular:
·         San Martín de Loba: Corregimientos de El Varal, Papayal y Playitas
·         El Peñón: Buenos Aíres
·         Regidor: El Piñal
·          
Los habitantes de estos municipios deberán responder con “sí” o “no” a la pregunta ¿Desea usted que se cree el municipio de Brazuelo de Papayal?  
Para que la consulta popular prospere se requiere que la opción del “sí” alcance el 50% más uno de los votos que se depositen el próximo 23 de enero de 2011 y adicionalmente que participe no menos de una tercera parte del censo electoral habilitado, que asciende a 2.386 ciudadanos, razón por la cual el umbral se ubica en 796 votos. 
Con está estipulado en el Artículo 55 de la ley 134 del 94, “La decisión tomada por el pueblo en la consulta, será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral”. 

De acuerdo con el calendario electoral, el jueves 6 de enero de 2011 se hará la designación de las comisiones escrutadoras y el viernes 7 de enero se designarán los jurados de votación. Las listas de los ciudadanos que fueron seleccionados como jurados se publicarán el miércoles 12 de enero.  

El martes 25 de enero se realizarán los escrutinios municipales y en caso de apelación, el domingo 30 de enero los escrutinios departamentales. 

Para esta elección podrán sufragar 926 mujeres y 1.460 hombres, para un total de 2.386 ciudadanos habilitados para votar. La Registraduría Nacional del Estado Civil instalará 15 mesas de votación, las cuales se ubicarán en 5 puestos de votación de 5 corregimientos, así: dos mesas en El Varal, cinco en Papayal, cuatro mesas en Playitas, tres en Buenos Aíres y una mesa en El Piñal. 

Actualmente Colombia tiene 1.102 municipios en sus 32 departamentos. Los últimos 3 municipios creados fueron Norosí (Bolívar), San José de Uré (Córdoba) y Tuchín (Córdoba)

La última consulta popular celebrada en el país se realizó el 11 de enero de 2009, fecha en la que los habitantes de Ramiriquí, Boyacá, acudieron a las urnas para decidir la remodelación de su parque principal. Aunque el “sí” fue mayoría, la consulta no prosperó porque votó menos de una tercera parte del censo electoral habilitado.  

Consulta Popular para la creación del municipio de San Pablo Norte
En próximos días la Gobernación del departamento de Bolívar fijará la fecha para el desarrollo de la Consulta Popular que planea la creación del municipio San Pablo Norte.  

Mediante el decreto 517 de 2010, el Gobernador de Bolívar suspendió la realización de la consulta popular para la creación del municipio de San Pablo Norte, la cual estaba programada para el pasado 25 de julio de 2010. 

La solicitud obedeció a la necesidad de esperar la respuesta a una consulta elevada sobre la viabilidad de modificar el censo electoral vigente.  

De acuerdo con la División Política del Departamento del Bolívar y con el artículo 99 del Código Electoral, los electores sufragarían en las mesas de votación instaladas en los corregimientos de Mampuján y San Pablo en Maríalabaja, y no en las veredas, como inicialmente se solicitó.

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