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jueves, 16 de mayo de 2013

Comunicado de Prensa No. 322 de 2013


La Registraduría cuenta un mes para la revisión, los cuales se puede prorrogar

En lo corrido del año 2013 la Registraduría ha recibido más de un millón de firmas de colombianos que apoyan mecanismos de participación ciudadana

La Registraduría cuenta con un plazo de un mes prorrogable, para revisar las firmas presentadas.
- 676.177 firmas respaldan solicitudes la revocatoria de mandato de 14 alcaldes del país. 
- A esta cifra se suman las 325.619 firmas que revisa la Registraduría presentadas para la constitución del comité promotor del referendo “Unidos por la Vida”, que busca prohibir el aborto en los tres casos permitidos por la Corte Constitucional. 
- 479 ciudadanos han firmado en respaldo a la solicitud de cabildo abierto en los municipios de Flandes y Chaparral,Tolima.
Bogotá, jueves 16 de mayo de 2013. En cuatro meses, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha recibido un total de 1.002.275 firmas de ciudadanos que apoyan mecanismos de participación ciudadana previstos en la Ley 134 de 1994, como el Referendo, la Revocatoria de Mandata o el Cabildo Abierto.

Del total de firmas recibidas en lo corrido del año, 676.177 corresponden a 14 iniciativas de revocatoria de mandato de alcaldes de Bogotá y 9 departamentos. De éstas, solicitudes la Registraduría Nacional ya emitió dictamen sobre 12 de ellas y avanza en el estudio de las firmas presentadas para solicitar la revocatoria del mandato de los alcaldes de Bogotá y la Sierra, Cauca.

A esta cifra se suman las 325.619 rúbricas presentadas el pasado 30 de abril por un grupo de ciudadanos para la conformación del grupo promotor que promueve el referendo “Unidos por la vida”, que pretende modificar el artículo 11 de la Constitución Política, con el fin de prohibir el aborto en los tres casos excepcionales previstos por la Corte Constitucional.

Adicionalmente, 479 colombianos apoyaron con su firma las solicitudes de cabildo abierto en los municipios de Flandes y Chaparral, Tolima, sobre los cuales ya se notificó que superaron el mínimo legal para ser convocados.
Los apoyos, que en su totalidad son revisados por la Dirección de Censo Electoral en Bogotá, son verificados para establecer que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas, que correspondan al censo electoral del municipio o circunscripción electoral para donde se solicita el mecanismo de participación, y además se realiza un análisis grafológico para comprobar que no hay “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

Para esta labor la Registraduría contrata personal como grafólogos para determinar la validez de las firmas y emitir la respectiva resolución. Así mismo dispuso de un sitio especial con condiciones específicas de seguridad, para adelantar la revisión de las firmas, proceso que cuenta con el acompañamiento de funcionarios de la Procuraduría General de la Nación.

Para la revisión de las firmas la Registraduría cuenta con un mes a partir del momento de la presentación del memorial, el cual se puede prorrogar por otro tanto, de acuerdo a lo fijado en la circular 174 del 19 de diciembre de 2012

Una vez se expide la resolución las partes cuentan con los recursos de reposición y el de apelación, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Revocatorias de mandato radicas en 2013
Lugar
Fecha de radicación
Nombre del Mandatario (a)
Partido o Movimiento Político que lo avala
Firmas presentadas
Mínimo de firmas requeridas
Firmas válidas
Firmas rechazadas
Mínimo de votantes para que la revocatoria proceda (55%)
Resultado
1. Santander, Contratación14 de eneroRubén Acuña GaleanoPartido Social de Unidad Nacional
232
214
114
118
970
No Certificada
2. Santander, Contratación28 de eneroRubén Acuña GaleanoPartido Social de Unidad Nacional
287
214
207
237
970
No Certificada
3. Antioquia, Angostura18 de febreroJosé Miguel Vásquez ArangoPartido Verde
1.541
1.011
1.304
237
2.452
Certificada – En recurso de reposición y apelación
4.
Bolívar, Achí
4 de marzoWalter Salvador Villacob HernándezPartido Social de Unidad Nacional
1.995
1.552
1.634
361
5.344
Certificada – En notificación y recursos
5.
Huila, Campoalegre
7 de marzoNeyla Triviño RojasCoalición ASI- Verde
4.513
2.146
3.357
1.138
7.558
Certificada – En notificación y recursos
6. Antioquia, Vigía del Fuerte8 de marzoMiryam del Carmen Serna MartínezMovimiento Autoridades Indígenas de Colombia
503
440
417
86
1.631
No certificada – En notificación y recursos
7. Caquetá, Florencia20 de marzoMaría Susana Pórtela LozadaPartido Social de Unidad Nacional
15.736
8.421
11.349
4.387
30.756
Certificada – En notificación y recursos
8. Ponedera, Atlántico22 de marzoHernando Julio Manotas ManotasPartido Cambio Radical
1.518
1.193
1.236
282
5.670
Certificada – En notificación y recursos
9.
San Marcos, Sucre
3 de abrilArnulfo Miguel Ortega LópezPartido Cambio Radical
5.005
2.630
2.773
2.232
13.157
Certificada – En notificación y recursos
10. Usiacurí, Atlántico3 de abrilWilliam Pastor Bresneider AlvearPartido Liberal Colombiano
757
561
426
331
2.303
No certificada – En notificación y recursos
11.
Gómez Plata, Antioquia
4 de abrilMario de Jesús Restrepo PérezPartido Cambio Radical
612
508
467
145
2.851
No certificada – En notificación y recursos
12. Santiago, Putumayo16 de abrilTito Iván Barrera OrtegaPartido Conservador Colombiano
670
386
574
96
1.762
Certificada – En notificación y recursos
13.
Bogotá D.C.
18 de abrilGustavo Francisco Petro UrregoProgresistas
641.707
289.263


1.234.214
En revisión
14.
La Sierra, Cauca
10 de mayoHuver Ramos EstupiñánPartido de Unidad Nacional
1.101
 877


3.078
En revisión
Totales
676.177
308.539
23.858
9.650
1.312.716


martes, 30 de abril de 2013

Comunicado de Prensa No. 274 de 2013


Consulte los formularios http://www.registraduria.gov.co/-Formularios,1389-.html

La Registraduría Nacional recibió 325.619 firmas de respaldo para la constitución del comité promotor del referendo “Unidos por la Vida”

La Registraduría Nacional recibió 325.619 firmas de respaldo para la constitución del comité promotor del referendo “Unidos por la Vida”
El Registrador Nacional, Dr Carlos Ariel Sánchez Torres, recibió las firmas de manos de Marcela Posada Arbeláez, vocera del comité promotor del referendo “Unidos por la Vida”.
- Para la primera etapa que debe superar una iniciativa de referendo y que corresponde a la inscripción del comité de promotores, los interesados deben presentar el 5 por mil del censo electoral representado en firmas de apoyo. 
- La Registraduría Nacional, cuenta con un plazo de 15 días para diseñar y entregar los formularios definitivos para la recolección de firmas de apoyo equivalentes al 5% del censo electoral.
Bogotá D.C, martes 30 de abril de 2013. Un grupo de ciudadanos que promueve el referendo “Unidos por la vida”, que pretende modificar el artículo 11 de la Constitución Política, entregó hoy a la Registraduría Nacional del Estado Civil, 28.800 folios con 325.619 firmas de respaldo para la constitución del Comité Promotor de esta iniciativa.

El referendo propuesto busca la reforma del artículo 11 de la Constitución Política, con el fin de que se modifique el artículo así: El derecho a la vida es inviolable. “Desde su concepción hasta la muerte natural”. Actualmente el artículo 11 de la Constitución señala que “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte”.

El acto de entrega se realizó a las 10:00 am en la plazoleta central de la Registraduría Nacional y estuvo presidido por el Secretario General, Carlos Alberto Camargo Assís, y el vocero del comité de promotores de este referendo, Marcela Posada Arbeláez

El grupo de ciudadanos que integraría el comité promotor estaría conformado por: Marcela Posada Arbeláez, quien es la vocera, y además por otros ocho ciudadanos: Verónica Yulieth Cardona Montoya, Lina Fernanda Morera Montaño, Deyssi Karina Sterling Zuluaga, Amanda Rodríguez López, Claudia Rodríguez de Castellanos, Vicente José Carmona Pertuz, Nicolás David Garzón Contreras, Marcel Fernando Tangarife Torres.

Para esta primera etapa del referendo, que corresponde a la inscripción del comité de promotores, los interesados deben presentar el 5 por mil del censo electoral representado en firmas de apoyo. Actualmente el censo electoral colombiano asciende a 32.093.488 razón por la cual el 5 por mil equivale a 160.467. Los promotores del referendo “Unidos por la Vida” presentaron alrededor de 325.619 firmas, en 48 volúmenes, cada uno compuesto por 600 folios para un total de 28.800 folios.

La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de un mes para revisar las firmas, proceso que se realizará en tres etapas:

Etapa 1: Revisión de folios: Se revisan todos los respaldos o apoyos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

ü Numerar (foliar) cada una de las hojas que contienen las firmas.
ü Determinar el número de firmas recibidas
ü Anular las hojas cuyo encabezamiento o título no tenga relación alguna con el mecanismo de participación que se está adelantando.
ü Anular las hojas cuyo encabezamiento o título se encuentra escrito encima de tintas correctoras o han sido tachados o enmendados con el fin de modificarlos o alterarlos.
ü Anular las hojas cuyos datos y firmas se encuentran reproducidos fotostáticamente (fotocopias).
ü Anular los renglones que presenten las siguientes irregularidades:
  • Datos incompletos, ilegibles o no identificables
  • Datos y firmas no manuscritos
  • Firmas o datos consignados por una misma persona
  • No inscrito en el censo electoral respectivo
  • No existe correspondencia entre el nombre y el número de la cédula de ciudadanía.
ü Numerar los apoyos en orden ascendente por tomo

Etapa 2: Verificación grafológica: para cotejar con expertos grafólogos de manera aleatoria la posibilidad de suplantaciones, falsificaciones de firmas o firmas y datos consignados por una misma persona (uniprocedencia grafológica.

Etapa 3: Verificación de los datos sobre inscritos y votantes: Se determina si los ciudadanos que respaldan o apoyan los distintos mecanismos de participación se encuentran inscritos en el respectivo censo electoral. Esta verificación se realiza consultando los números de cédula en el Archivo Nacional de Identificación y el Registro Nacional de Votantes.

Concluido este proceso la Registraduría Nacional del Estado Civil, expedirá una resolución mediante la cual se notifica el resultado de la revisión y si se supera el mínimo requerido se aprobaría la constitución del comité promotor del referendo y se procedería a la elaboración del formulario definitivo. Contra esta resolución proceden los recursos de reposición y apelación, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

En caso de constituirse el comité promotor, la Registraduría Nacional, cuenta con un plazo de 15 días para diseñar y entregar los formularios definitivos para la recolección de firmas y a partir de ese momento el comité tiene un plazo de seis meses, para recoger los apoyos equivalentes al 5% del censo electoral.

Si al final del proceso de revisión se obtiene que las firmas válidas superan el 5% del censo electoral, el Comité Promotor podrá presentar ante el Congreso de la República un Proyecto de Ley para convocar un referendo en el que se apruebe la reforma constitucional propuesta.

De acuerdo con el artículo 97 de la Ley 134, concluido el proceso de recolección de firmas el comité de promotores tiene un plazo de 15 días para presentar a la Registraduría Nacional del Estado Civil el balance en donde se detallen la contribuciones realizadas por parte de particulares a la solicitud promovida y los fines a que hayan sido destinados los respectivos dineros.