miércoles, 23 de octubre de 2013

Comunicado de Prensa No. 819 de 2013

Ya son 33 las solicitudes de revocatoria de mandato radicadas en 2013
Ciudadanos de San Andrés, Santander, radican firmas para solicitar la revocatoria de mandato de su actual alcaldesa, Luz Consuelo Ortiz Rojas


Para que los ciudadanos de San Andrés puedan ser convocados a las urnas se requiere que las firmas válidas al menos el 40% de la votación obtenida por la mandataria.

- Los ciudadanos que radicaron la iniciativa afirmaron haber entregado 46 folios, que contienen 650 firmas de respaldo a la solicitud de revocatoria de mandato.

Bucaramanga, Santander. Viernes 11 de octubre de 2013. Ciudadanos de San Andrés, Santander, radicaron el pasado miércoles 9 de octubre ante la Registraduría Municipal un conjunto de firmas con el que esperan se pueda convocar a la ciudadanía a las urnas para decidir si se revoca o no el mandato de su actual alcaldesa.
La mandataria de San Andrés, Luz Consuelo Ortiz Rojas, fue elegida en los comicios de autoridades locales celebrados el 30 de octubre de 2011, con el aval del Partido de Integración Nacional - PIN. En esa jornada obtuvo un total de 1.513 votos, razón por la cual se requiere que las firmas válidas entregadas por los ciudadanos sean al menos 606, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por la mandataria, y que es requisito indispensable para que los ciudadanos de San Andrés sean convocados a las urnas para decidir sobre la revocatoria de la alcaldesa.
Los ciudadanos que radicaron la solicitud de revocatoria de mandato son Edinson Esneyder Pedraza Ortiz y Carlos Alberto Velesco Delgado. Ambos afirmaron haber entregado ante la Registraduría Municipal 46 folios que contienen 650 apoyos para respaldar la revocatoria de mandato.
La Registraduría Municipal remitió a la Dirección Nacional de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, los apoyos radicados para proceder a la revisión de las firmas, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la Resolución 10840 del 19 de diciembre de 2012, expedida por la Entidad.
La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas y que todos los apoyos correspondan al censo electoral del municipio entre otros aspectos. Además incluye la realización de un análisis grafológico de firmas “una a una” para comprobar que no hay "planas" o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano.
De acuerdo con la Ley 134 de 1994, la Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de un mes a partir de la fecha de radicación de firmas para entregar la correspondiente certificación. Este término se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del municipio. Las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página Web http://www.registraduria.gov.co.
El proceso de revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo. Con fundamento en este informe, la Registraduría municipal expedirá una Resolución motivada por medio de la cual certificará si la solicitud cumple o no con los requisitos para aprobar la solicitud de revocatoria de la alcaldesa.
Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante el Registrador Municipal de San Andrés y de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional en Santander.
Agotado el trámite de los recursos, y si la cantidad de firmas válidas supera el 40% de los votos obtenidos por el mandatario, los Delegados Departamentales convocarán a las urnas para que los ciudadanos de San Andrés acudan a la votación de la revocatoria en el municipio. Dicha jornada debe efectuarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir del momento en que la resolución correspondiente quede en firme.
En lo corrido de 2013 se han tramitado 33 solicitudes de revocatoria de mandato de las cuales 2 han sido votadas sin prosperar en las urnas. De las restantes, 4 se encuentran convocadas a las urnas (las de Achí, Bolívar, y San Marcos, Sucre, están suspendidas hasta el momento fallos de acciones de tutela), mientras que Santiago, Putumayo, y Campoalegre, Huila, han sido llamadas a votaciones los días domingos 20 de octubre y el 17 de noviembre. A la fecha, contando la revocatoria de Cantagallo, en Bolívar, hay tres solicitudes de revocatoria que se encuentran o están superando el proceso de revisión de firmas, Tolú, en SucrePaz de Ariporo, Casanare y Cantagallo, Bolívar. Además hay 10 solicitudes que han superado o se encuentran en fase de interposición de recursos de reposición y apelación.
Tras las elecciones de autoridades locales celebradas 2011, un total de 111 mujeres resultaron electas para cargos uninominales: 108 alcaldesas y 3 gobernadoras. En lo corrido de 2013 se han presentado 33 solicitudes de revocatorias de mandatos de las cuales 10 han sido solicitadas contra mujeres, es decir, cerca del 30% sobre el total.
Desde 1996 se han solicitado 112 revocatorias de mandato ante la Registraduría Nacional del Estado Civil. Por su parte, las revocatorias contra mujeres son 17 cifra que representa poco más del 15% sobre el total de solicitudes de revocatoria presentadas ante la Registraduría Nacional.

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