viernes, 24 de junio de 2011

Este jueves 30 de junio vence el plazo para que los jóvenes que ya tienen 18 años pidan su cédula y puedan votar en octubre

Ø  Las cédulas que se soliciten con posterioridad a esa fecha no ingresarán al censo electoral para las elecciones del 30 de octubre y por lo tanto no podrán votar.

Ø  La producción del documento de identidad tarda entre 1 y 3 meses, si la información reportada no presenta inconsistencias.
logo elecciones
Bogotá D.C., viernes 24 de junio 2011. Quedan 3 días hábiles para que los jóvenes que ya hayan cumplido 18 años y quieran participar en las elecciones de octubre, acudan a cualquier Registraduría del país y tramiten su cédula de ciudadanía de primera vez para poder ingresar al censo electoral y participar en los comicios del 30 de octubre.

Los nuevos ciudadanos pueden acercarse este martes, miércoles o jueves en el horario habitual de atención de cada una de las registradurías del país y realizar de manera gratuita su solicitud.

De acuerdo con el calendario electoral establecido para las elecciones de octubre y en cumplimiento de lo dispuesto en el Código Electoral, la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil suspenderá a partir del 30 de junio la incorporación al censo de las nuevas cédulas de ciudadanía.

Esto significa que las cédulas que se soliciten con posterioridad a esa fecha no ingresarán al censo electoral de octubre y por lo tanto no podrán votar en las elecciones de gobernadores, alcaldes, concejales, diputados y ediles.

La fecha de expedición de una cédula de ciudadanía corresponde a la fecha del día en que el ciudadano acudió a una Registraduría a tramitar el documento y no a la fecha de fabricación o a la fecha de entrega. Por esta razón, todas las cédulas con fecha de expedición hasta el 30 de junio de 2011 podrán votar el 30 de octubre.

La producción de la cédula de ciudadanía tarda entre 1 y 3 meses, razón por la cual se espera que todos los ciudadanos que pidan su cédula de primera vez antes del 30 de junio recibirán su documento antes del 30 de octubre y de esta forma podrán ejercer su derecho al sufragio.

Conformación del censo
Desde el 7 de enero de 2003, todos los ciudadanos que obtienen su cédula por primera vez ingresan automáticamente al censo electoral y quedan habilitados para votar en un puesto de votación cercano a la dirección informada al momento de realizar el trámite.

Luego de la inclusión de las cédulas de primera vez y la exclusión de las personas inhabilitadas para sufragar, el sábado 30 de julio, tres meses antes de la elección de autoridades locales que se realiza el 30 de octubre, la Registraduría realizará la publicación del censo electoral que contienen todos los ciudadanos habilitados para votar.

La Entidad exhibe los listados con los números de las cédulas de ciudadanía que integran el censo electoral correspondiente al Distrito o al Municipio, para que dentro del mes siguiente cualquier ciudadano pueda reclamar por errores u omisiones en la elaboración de dicho censo.

Ingresan al censo electoral las cédulas expedidas por primera vez y las que son reincorporadas y que habían perdido vigencia por sentencias condenatorias o por pertenecer a la fuerza pública. Por el contrario salen del censo electoral las cédulas canceladas por muerte, las de ciudadanos que han sido condenados y la pena incluye interdicción de derechos políticos por un tiempo determinado y las de personas que ingresan a la fuerza pública en calidad de personal uniformado

No hay comentarios:

Publicar un comentario