miércoles, 9 de diciembre de 2009

REGISTRADURÍA PUBLICA EN SU PÁGINA WEB INSTRUCTIVO PARA INSCRIPCIONES DE LOS CANDIDATOS AL CONGRESO Y PARLAMENTO ANDINO QUE PARTICIPARÁN EN LAS ELECCIONES DEL 14 DE MARZO DE 2010


Ø      Los candidatos pueden inscribirse con el aval de un partido o movimiento político con personería jurídica, o con el respaldo de firmas de los ciudadanos

Ø      Para ser Senador o miembro del Parlamento Andino se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años de edad en la fecha de la elección. Para ser Representante a la Cámara ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección

Ø      El orden de los candidatos en las listas que se inscriban a Congreso de la República lo determinará, cada partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, antes de inscribir la lista.


Bogotá, miércoles 9 de diciembre de 2009. La Registraduría Nacional del Estado Civil publicó en su página webwww.registraduria.gov.co, en el sitio “Vote Libre Elecciones 2010” la cartilla de instrucciones para la inscripción de candidatos al Senado de la República, Cámara de Representantes y Parlamento Andino, que participarán en las elecciones del 14 de marzo de 2010.

Para ser elegido Senador o miembro del Parlamento Andino se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años de edad en la fecha de la elección. Por su parte, para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección.

Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica podrán inscribir listas únicas a Senado de la República, Cámara de Representantes y Parlamento Andino. De igual manera lo podrán hacer los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que radiquen dentro de los términos las firmas de respaldo necesarias: Para candidatos a Senado y Parlamento Andino se requieren 50.000 firmas, mientras que para la Cámara de Representantes el número de firmas corresponde al 20% del resultado de dividir el número de ciudadanos aptos para votar en la respectiva circunscripción electoral entre el número de curules a proveer.

El orden de los candidatos en las listas que se inscriban a Congreso de la República lo determinará, cada partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, antes de inscribir la lista; por cuanto al diligenciar el formulario E-6 respectivo, se debe disponer en el orden en que deben aparecer los candidatos.

Los aspirantes a ser elegidos en cada corporación tendrán plazo para inscribirse hasta el 2 de febrero de 2010, a las 6:00 p.m., y deberán presentarse ante la Registraduría pertinente, así:
  • Para Senado de la República, Cámara de Representantes y Circunscripciones Especiales de Senado y Cámara la inscripción se adelanta en la respectiva delegación departamental. En el caso de Bogotá, D.C., se hará en la Registraduria Distrital.
  • Para la Circunscripción Internacional la inscripción será en la Registraduria Nacional del Estado Civil, en las Embajadas o Consulados.
  • Las listas de Parlamento Andino se inscriben en las Delegaciones Departamentales, la Registraduria Nacional o las oficinas consulares.

Las modificaciones de estas inscripciones se podrán realizar hasta el viernes 26 de febrero, 15 días antes al día de la elección al Congreso 2010.

Requisitos Generales para la inscripción de candidatos
·        Diligenciar el formulario E-6 según corresponda a la corporación y circunscripción
·        Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los candidatos
·        Anexar 2 fotografías con las siguientes características:
-         A Blanco y negro, fondo claro
-         Tamaño 3X4 cms
-         El tamaño de la cara debe ocupar por lo menos 2/3 de alto (2.7 Cms)
-         Las fotografías deben ser originales, no reproducciones reticuladas.

El aval otorgado por representante legal del partido o movimiento político o por quien él delegue, en este último caso debe anexar el acto (resolución, carta o poder) mediante el cual el representante legal delegó esta función.

Los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, que NO cuentan con el aval de un partido o movimiento político con personería jurídica, deben cumplir los siguientes requisitos:
·        Suscribir una póliza de seriedad,
·        Demostrar respaldo popular mediante la presentación de firmas de apoyo,
·         Seleccionar un nombre y logo símbolo que identifique al movimiento en la elección.
·         Las firmas que se aporten como apoyo a la candidatura, respaldarán toda la lista.

Para conocer todos los requisitos consulte la página de la Registraduria,http://www.registraduria.gov.co/descargar/instruc_inscrip_candi2010.pdf


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