jueves, 16 de enero de 2014

Comunicado de Prensa No. 0021 de 2014

Se suspende elección atípica de Morroa, Sucre, programada para este domingo 19 de enero, por fallo de tutela del Consejo de Estado

La elección de alcalde de Morroa, Sucre, fue convocada mediante Decreto 0824 del 19 de noviembre de 2013, suscrito por el Gobernador de Sucre, Julio César Guerra Tulena.


- El Alcalde de Morroa, Sucre, interpuso Acción de Tutela, por lo que el Juzgado conocedor y la Procuraduría Provincial de Sincelejo, ordenaron al Gobernador del departamento de Sucre, abstenerse de ejecutar la sanción impuesta hasta cuando se definiera de fondo dicha Acción.

Sincelejo, Sucre, jueves 16 de enero de 2014. De acuerdo con el fallo proferido por el Consejo de Estado, referente a la acción de tutela interpuesta por el actual alcalde de Morroa, Sucre, Juan Gregorio Domínguez Carrascal; se suspende la elección atípica para elegir nuevo mandatario programada para este domingo 19 de enero de 2014.

El Gobernador del departamento de Sucre, Julio César Guerra Tulena, mediante Decreto N° 0011 de 2014 resolvió levantar las medidas adoptadas en los decretos 0734 de octubre 22 de 2013 “por medio del cual se ejecutó una sanción de destitución al alcalde del municipio de Morroa-Sucre”, y 0824 de noviembre 19 de 2013, “por medio del cual se convocó a elecciones atípicas para elegir nuevo mandatario”.

La decisión de suspender la elección atípica corresponde a que: “mediante oficio N°.0015 de fecha 15 de enero de 2014, la Procuraduría Provincial de Sincelejo, comunicó que mediante la Resolución N°. 001 de enero 15 de 2014, acató lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda — Sub Sección "A" del Consejo de Estado, a través de providencia de diciembre 04 de 2013, en la cual revocó la decisión adoptada por la Subsección "A" de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dentro de Acción de Tutela interpuesta por el alcalde Juan Gregorio Domínguez Carrascal.

Que en dicha providencia el Consejo de Estado revocó el numeral segundo de la parte Resolutiva de la Sentencia de 7 de octubre de 2013, proferida por la Subsección "A" de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la cual rechazó por improcedente la solicitud de amparo de los derechos del debido proceso y defensa del señor JUAN GREGORIO DOMINGUEZ CARRASCAL, disponiendo en su lugar amparar los derechos al debido proceso y defensa del Disciplinado”.

La elección de nuevo Alcalde de Morroa, Sucre, se convocó mediante Decreto 0824 del 19 de noviembre de 2013, suscrito por el Gobernador de Sucre, Julio César Guerra Tulena, debido a “Que mediante fallo de primera instancia, con la constancia ejecutoria, proferida dentro del proceso IUC-d-2012-608-570343, la Procuraduría Provincial de Sincelejo, sancionó con destitución e inhabilidad por diez años (10) para desempeñar funciones públicas, en su condición de alcalde y Presidente de la Junta Directiva de la ESE Centro de Salud San Blas, al señor JUAN GREGORIO DOMÍNGUEZ CARRASCAL.

Que ante esta circunstancia, el referido alcalde interpuso Acción de Tutela, por lo que el Juzgado conocedor y la Procuraduría Provincial de Sincelejo, ordenaron al Gobernador del departamento de Sucre, abstenerse de ejecutar la sanción impuesta hasta cuando se definiera de fondo dicha Acción.



Que mediante oficio No. 2553 de 21 de octubre de 2013, la Procuraduría Provincial de Sincelejo, solicitó a esta entidad darle cumplimiento al fallo impuesto al señor JUAN GREGORIO DOMÍNGUEZ CARRASCAL, debido a la declaratoria de improcedencia de la Acción de Tutela.”

Luego de las elecciones de autoridades locales del 30 de octubre de 2011, ya son 31 las elecciones atípicas que han sido celebradas. Una elección está pendiente por celebrarse, la de Abriaquí, Antioquia, el 2 de febrero de 2014.

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