martes, 7 de enero de 2014

Comunicado de Prensa No. 0006 de 2014

Registraduría publica el calendario electoral para la revocatoria de mandato del alcalde Gustavo Petro Urrego que se realizará el 2 de marzo de 2014

En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.

- De acuerdo con el calendario electoral establecido para este certamen democrático, el 14 de febrero se realizará la designación de los jurados de votación que prestarán su servicio durante la revocatoria de mandato.

- Para que el mandato del alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección del alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.
Bogotá D.C, viernes 3 de enero de 2014. El domingo 2 de marzo de 2014 los bogotanos acudirán a las urnas para decidir si le revocan o no el mandato de su actual alcalde Gustavo Petro Urrego.

Mediante la Resolución 008 de 2014, los Registradores Distritales fijaron la fecha de la revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá y con base en esta la Registraduría elaboró el calendario electoral.

De acuerdo con el calendario electoral establecido para este certamen democrático, el 14 de febrero se designarán por sorteo los ciudadanos que prestarán el servicio como jurados de votación durante la revocatoria de mandato en Bogotá. El 19 de febrero se realizará la publicación de las personas que resultaron seleccionadas para prestar el servicio.

La revocatoria de mandato del alcalde en Bogotá, se celebrará el domingo 2 de marzode 8:00 am a 4:00 pm. Los escrutinios municipales iniciarán el mismo domingo 2 de marzo. Los escrutinios generales, comenzarán el martes 4 de marzo.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002 que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.

En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

De acuerdo con la Resolución 1019 del 31 de julio de 2013, luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral al informe entregado el 22 de julio por el equipo de grafólogos designados por el alcalde de Bogotá se estableció que de los 630.623 apoyos revisados, fueron anulados 275.270 y en total quedan 355.353 apoyos válidos. Para convocar a las urnas se requieren 289.263.

Durante 2013 se radicaron 34 solicitudes de revocatoria de mandato, de las cuales 33 fueron para alcaldes municipales, tres de ellas en ciudades capitales: Florencia, Santa Marta y Bogotá y una que intenta revocar el mandato del Gobernador de Guaviare, siendo esta la primera vez que se solicita la revocatoria de un gobernador desde la entrada en vigencia de este mecanismo en 1996.


9 de estas solicitudes de revocatoria superaron los requisitos legales, 7 ya fueron votadas en el transcurso del año, sin que prosperase ninguna: Angostura, Antioquia; Achí, Bolívar; Campoalegre, Huila; Florencia, Caquetá, San Marcos, Sucre, Usiacurí, Atlántico y Santiago, Putumayo.

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